Por lo tanto, éste Tribunal Tercero de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR, la solicitud de divorcio formulada por los Ciudadanos ANA ROSA GONZÁLEZ DE SÁNCHEZ y AURELIANO SÁNCHEZ MEDINA, Venezolanos, Mayores de Edad, Cónyuges, de este domicilio, y Titulares de las Cédulas de Identidad N° V-3.725.486 y V-5.405.499, respectivamente, y en consecuencia declara disuelto el vínculo matrimonial que los unía, contraído por ante la PARROQUIA SANTA ROSALÍA DEL MUNICIPIO LIBERTADOR DEL ESTADO ARAGUA según Acta de matrimonio N° 293, de fecha 11 de Junio de 1.965. Ofíciese lo conducente al Parroquia Santa Rosalía del Municipio Libertador del Estado Aragua y al Registro Principal del Estado Aragua, a los fines que estampen la nota marginal correspondiente.
Publíquese, Regístrese y Déjese copia del presente fallo.-
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