Atendiendo a los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua con sede en la ciudad de Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la parte accionante en nulidad, en contra de la decisión dictada en fecha 09 de junio de 2014, por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, con sede en la ciudad de Maracay, y en consecuencia SE CONFIRMA la anterior decisión, en los términos expuestos por esta Alzada. SEGUNDO: INADMISIBLE el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto, por la sociedad mercantil ALIMENTOS POLAR COMERCIAL, C.A., en contra la Providencia Administrativa de fecha 11 de octubre de 21013, Acta de Visita de Inspección de fecha 08 de octubre de 2013 y Acta de Verificación de Cumplimiento de l.....