Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: CON LUGAR LA ACLARATORIA DE SENTENCIA SOLICITADA y como consecuencia, se aclara la decisión dictada en fecha 17 de Mayo del año 2021, folio 212 al 225, considerándose parte integrante de dicho fallo, la presente aclaratoria