´ PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer de la Recusación interpuesta por la ciudadana PAOLA LEONOR REATEGUI VALDERRAMA, en su condición de Imputada, debidamente asistida por el profesional del derecho ABG. ROBERT RAMON HERRERA JARAMILLO, en contra de la Jueza del Tribunal Tercero (03°) de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, ABG. MARIAN NATHALY JADER MARTINEZ. Todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 98 del Código Orgánico Procesal Penal y artículo 48 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
SEGUNDO: Se declara SIN LUGAR, la recusación fundamentada en el artículo 89 numerales 7° y 8° del Código Orgánico Procesal Penal, planteada por la ciudadana PAOLA LEONOR REATEGUI VALDERRAMA, en su condición de Imputada, debidamente asistida por el profesional del derecho ABG. ROBERT RAMON HERRERA JARAMILLO, en contra de contra de la Jueza del Tribunal Tercero (03°) de Primera Instancia en Funciones de Control del Circui.....