-III-
DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y derecho anteriormente expuestas, este Circuito Judicial de Protección del Niño y del adolescente del Area Metropolitana de Caracas, Sala de Juicio Novena Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR la solicitud de CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIÓN ALIMENTARIA (hoy OBLIGACION DE MANUTENCION), incoada por la ciudadana ANA MARINA LOVERA, en su condición de Fiscal Centésima Sexta del Ministerio Público de este Circunscripción Judicial, en defensa de los derechos e intereses de la niña (...), de (...) años de edad, representada legalmente por su progenitora LAURA MARIA NAVARRO GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° 14.757.178, contra el ciudadano DOUGLAS VICENTE CARDOZO JACKSON, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº 10.575.382, en consecuencia, se condena al demand.....