Este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial Laboral del Estado Aragua, en vista de que la mediación ha sido positiva, y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador derivados de la relación de trabajo, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, en los términos como las partes lo establecieron, dándole efectos de Cosa Juzgada, por lo que se ordena el cierre y archivo del expediente. Se deja constancia de la consignación de copia simple un cheque por la cantidad de SEISCIENTOS MILLONES DEBOLÍVARES EXACTOS (Bs. 600.000.000,00) Nro. 72600748, cuenta cliente 0191-0081-27-2181009899, girado contra el Banco Nacional de Crédito, a nombre del demandante, el cual se ordena sea agregados a los autos, así mismo se acuerdan cuatro (04) ejemplares de la presente acta de un mismo tenor y aun solo efecto, de los cuales uno será incorporado al expediente, uno para el copiador de sentenc.....