DISPOSITIVA
Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este Juzgado Octavo de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos:PRIMERO: Este Tribunal se declara COMPETENTE para el conocimiento del presente asunto, de conformidad con lo establecido en los artículos 58, 68 del Código Orgánico Procesal Penal, artículos 6, 10 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y artículos 26, 49 y 253 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. SEGUNDO: De conformidad con lo establecido en el artículo 349 del Código Orgánico Procesal Penal SE CONDENA a la acusada YESSICA NAYELI SUMOZA ONTIVEROS, titular de la cedula de identidad N° V-25.583.263, de nacionalidad venezolana, de estado civil soltera, nacido en fecha 26-06-1997, de 27 años de edad, residenciada en: SECTOR EL SILENCIO CALLEJON FELIX RODRIGUEZ CASA SIN .....