DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, esta Sala 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve: PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer el Recurso de Apelación interpuesto, por el abogado por el ciudadano Abogado EDWIN ROJAS FUENTES, en su condición de apoderado judicial, del ciudadano FREDY GEOVANI CAMERO GARCIA, en el asunto principal Nº 10C-SOL-2793-2023 en su condición de imputado, en contra de la decisión dictada en fecha diecinueve (19) de julio del dos mil veintitrés (2023); por el Juzgado decimo (10°) de Primera Instancia Municipal en Función de Control del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, en la causa signada bajo el Nº 10C-SOL-2793-2023, de conformidad con el artículo 432 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO Se DECLARA SIN LUGAR el recurso de apelación presentado por el abogado por el ciudadano Abogado E.....