D E C I S I O N
En merito de las anteriores consideraciones este Juzgado del Municipio Santiago Mariño de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua Administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la fijación de obligación alimentaría, y habiéndose establecido la capacidad económica del obligado, en consecuencia fija la obligación de alimentos por la cantidad mensual de Diez (10) Salarios mínimos diarios de la cantidad devengada por el ciudadano JOSE GREGORIO BRICEÑO ARCILA, y su ajuste será en forma automática y proporcional, sobre el salario mínimo que establezca el ejecutivo nacional.-
Así mismo se fijaran una suma adicional por la cantidad equivalente a quince (15) salarios mínimos diarios, en el mes de Diciembre de cada año para cubrir gastos navideños de la adolescente. Igualmente se fijara una cuota especial en el mes de Agosto de cada año de Quince (15) Salarios mínimos diarios, para los gastos de Út.....