En base a los anteriores argumentos y en conformidad con lo establecido en el articulo 46 de la Ley de Expropiación por Causa de Utilidad Pública o social, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil del Estado Monagas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: CON LUGAR la solicitud de Expropiación del inmueble ubicado en la ubicadas en la calle Padre Serrano, Municipio Cedeño, Estado Monagas, destinado a la ejecución de la obra " Construcción del Parque Deportivo Las Parcelas, Caicara de Maturín, Municipio Cedeño, Estado Monagas, enclavadas en una superficie de terreno, con un área total de OCHOCIENTOS DIECISEIS METROS CUADRADOS (816 M2), cuyos linderos particulares son los siguientes: Norte: Con la Escuela Droz Blanco; Sur: Con casa que es o fue de Oswaldo González; Este: Con Callejón Droz Blanco; y Oeste: Que es su frente, con la Calle Padre Serrano. Derechos que presuntamente son ejercidos por el ciudadano Luis .....