Por todos los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
Primero: CON LUGAR la solicitud de rectificación de acta interpuesta por la ciudadana SANTA CARUSO DE MAURIELLO, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad N° V- 12.334.669, representada judicialmente por el Abogado Hugo Zambrano, Inpreabogado No. 67.724, contra los ciudadanos CONCETTO CARUSO SPETALE y ADRIANA ANGELA CARUSO DE SPETALE, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nos. V- 9.658.709 y V- 7.257.970 respectivamente. En consecuencia se ordena la rectificación del Acta de Defunción de la fallecida FRANCESCA SPETALE DE CARUSO, en el sentido de que se incluya a la ciudadana SANTA CARUSO SPETALE, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cé.....