PRIMERO: Se admite totalmente la acusación presentada en fecha 21/07/2021 por la Fiscalía 32° por el delito DESOBEDENCIA A LA AUTORIDAD y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previstos y sancionados en los artículos 483 y 218 ambos del Código Penal. SEGUNDO: Se admiten los medios de pruebas, los elementos de convicción, las testimoniales y documentales presentados por el Ministerio Publico en se escrito acusatorio, correspondiéndole a la defensa el principio de la comunidad de la prueba. TERCERO: Acto seguido el Tribunal procedió a imponer a los imputados: 1.-CESAR MARTIN LEDEZMA YRUMBA titular de la cedula de identidad N° V-8.741.054, 2.-NESKERS ALEJANDRO GONZALEZ CAPOTE titular de la cedula de identidad N° V-24.174.905, 3.- WILLIAMS NESKER GONZALEZ GARCIA titular de la cedula de identidad N° v-10.458.158, 4.-MARLON MARFEL LEON GARCIA, titular de la cedula de identidad N° V-12.929.887, 5.-WILSON MARTIN GARCIA titular de la cedula de identidad N° V-15.054.966, 6.-LEONEL JAVIER RODRIGUEZ AREVAL.....