DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, esta Sala 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve:
PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer el recurso de apelación interpuesto, por la abogada VIVIANA FAJARDO, en su carácter de defensora pública del ciudadano ARNALDO JOSÉ NIEVES PEREZ.
SEGUNDO: Se declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la abogada VIVIANA FAJARDO, en su carácter de defensora pública del ciudadano ARNALDO JOSÉ NIEVES PEREZ, en contra de la decisión dictada por el Juzgado Octavo (8°) de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, en fecha veintisiete (27) de agosto de dos mil veintidós (2022), bajo la causa signada con el alfanumérico Nº 8C-25.981-22 (Nomenclatura del Tribunal de Instancia), mediante la cual el Órgano Jurisdiccional se pronuncia y decreta: aco.....