DISPOSITIVA
Con fundamento en las consideraciones de hecho, derecho y jurisprudencial ut supra señaladas, esta Juzgadora en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la Ley, y en aras del resguardo de los Principios de Seguridad Jurídica, el Debido Proceso y derecho a la defensa:
PRIMERO: HOMOLOGA, la Transacción celebrada por el ciudadano GUILLERMO RAFAEL CABRERA HERNÁNDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 8.822.408, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 42.645 parte actora, y por el abogado JORGE PAZ NAVA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 8.755, en su carácter de apoderado judicial de la parte co-demandada, ciudadano JOSÉ GREGORIO VILLALOBOS MONTEVIDEO, titular de la cedula de identidad N° V- 349.064 y apelante, presentada ante esta Superioridad en fecha 11 de noviembre de 2013, de conformidad con lo establecido en el artículo 256 del Código de Pr.....