.) Se imparte en este acto la HOMOLOGACION JUDICIAL de conformidad con lo dispuesto en el artículo 133 de la Ley procesal antes citada, dándole efecto de cosa juzgada. Se elaboran cuatro (04) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, de los cuales uno será incorporado al expediente, uno para el copiador de sentencias, uno (01) solicitado por la parte actora y uno (01) solicitado por la parte demandada para su debido control. Se acuerda remitir el presente asunto a su archivo definitivo en la oportunidad que corresponda y una vez que conste en autos el pago acordado. Se deja constancia que en virtud del acuerdo, las partes no consignaron sus escritos de pruebas ni demás elementos probatorios