Este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua con sede en la ciudad de Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la apelación ejercida por la parte Recurrente en Nulidad, contra de la decisión dictada en fecha 02 de octubre de 2017, por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial
Laboral del estado Aragua, con sede en Maracay. SEGUNDO: SE REVOCA, la decisión apelada que declaró INADMISIBLE la demanda del recurso de nulidad incoada por entidad de trabajo EL SIGLO, C.A., a través de su apoderado judicial abogado BERNARDO RAMO MARRUFO IPSA 41.713, en consecuencia SE ORDENA al Juez de Juicio, se pronuncie sobre la admisibilidad de la demanda, tomando en consideración que la fecha de notificación de la recurrente del acto administrativo consta de los autos. TERCERO: No se condena en Costa dada la naturale.....