D I S P O S I T I V O
Por los razonamientos antes expuestos, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE Y JOSÉ ÁNGEL LAMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, al considerar que es procedente la referida Partición y Liquidación Amigable incoado por los ciudadanos, MARIA EUGENIA PINTO DE BELGRAVE y WILFREDO RAUL BELGRAVE LOPEZ, venezolanos, mayores de edad, casados, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-7.261.136 y V-4.055.328, respectivamente, con correos electrónicos: maruka159@gmail.com, wrbelgrave@gmail.com, y números telefónicos: 0424-337.60.71 / 0424-337.60.64, en su orden, ambos asistidos en este acto por la abogada en ejercicio, CAROLINA ARBELO REVERON, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro.94.064, con correos electrónicos: carolinareveron@gmail.com, y número telefónico: 0414-462.55.17, a tenor de los dispuesto en el Artículo 788 d.....