este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial Laboral del Estado Aragua en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley y en virtud de los cálculos realizados, declara: Con lugar el recurso de reclamo efectuado por la representación de la parte demandada y procedente el informe de experticia complementaria del fallo efectuado por los expertos: Licenciados: Raiza Matute y José Cabeza. Y Así se decide