D E C I S I O N
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO POR DESAFECTO (falta de afecto) presentada por la ciudadana ESTHER TOVAR DIAZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad número V-8.686.325, contra el ciudadano, MARIO GREGORIO SUAREZ SILVA, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad número V-12.335.992 y en consecuencia DISUELTO EL VINCULO matrimonial que los unió, desde el día veintidós (22) de febrero del año dos mil dos (2002), por ante el Registro Civil del Municipio Bolívar, San Mateo del Estado Aragua, según consta de acta de matrimonio signada con el número 025, del año 2002, con fundamento en el artículo 185 del Código Civil Venezolano, concatenado con la Sentencia N.....