Se ACORDÓ la EXTINCIÓN de la ACCION PENAL de la causa seguida por la Fiscalía Tercera del Ministerio Público en contra del ciudadano ARQUIMEDES ENRIQUE VELASQUEZ TREJO, venezolano, natural del Estado Aragua, de 30 años de edad, soltero, comerciante, hijo de Candelaria de Velásquez (v) y Cruz Felipe Velásquez (v) titular de la cédula de identidad N° 13.770.987, por la comisión del delito de ROBO ARREBATON, en perjuicio de la ciudadana IRMA SALAZAR, decretándose en consecuencia el SOBRESEIMIENTO de la CAUSA, de conformidad con lo establecido en el artículo 45 y ordinal 3° del artículo 318 ambos del Código Orgánico Procesal Penal.- En consecuencia, se acordó la LIBERTAD PLENA del referido ciudadano.