este Tribunal Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, a los fines de dar cumplimiento a la presente comisión en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: LA ENTREGA MATERIAL del inmueble objeto de lapresente medida, y pone en posesión del mismo al ciudadano LUCIANO ORIOLI SCUOPPO, C.I. V-7.237.337, parte actora en el presente juicio; SEGUNDO: Este Tribunal deja constancia que en virtud de la no comparecencia de la parte ejecutada ni por si ni por medio de apoderado judicial, y a los fines del resguardo de los bienes muebles que se encuentran dentro del Inmueble, se hace entrega de los mismos a la representante de la depositaria judicial la NACIONAL, ciudadana LISSELOTT DE JESUS DA SILVA CARDENAS, C.I. Nº V-5.279.862; TERCERO: Seguidamente los apoderados judiciales de la parte ejecutante exponen: En nombre de nuestro representado nos reservamos el .....