Por todos los razonamientos antes expuestos, este tribunal DECRETA, MEDIDA CAUTELAR DE PROHIBICION DE ENAJENAR Y GRAVAR sobre un inmueble objeto del contrato de venta , el apartamento en obra gris, que forma parte del Centro Empresarial y Residencial denominado "TORRE IMPERIAL", ubicado en el cruce de la Calle Boyacá entre las Calles Carabobo y Pichincha N° 97, jurisdicción del Municipio Girardot del Estado Aragua, identificado con la letra y número B-4, ubicado en el piso cuatro, tiene un área de construcción de CIENTO CUATRO METROS CUADRADOS (104 MTS 2); consta de las siguientes dependencias: Sala, Comedor, Cocina-lavadero, una (01) habitación principal con sala de baño, dos (02) dormitorios, un (01) baño; y sus linderos particulares son : Norte: con la fachada norte del edificio; Sur: Con el apartamento C-4 y pasillo de circulación, Este: Con la fachada este del edificio y Oeste: Con el apartamento A-4 y pasillo de Circulación.-Le corresponde un (01) puesto de estacionamiento dist.....