DISPOSITIVA
Ahora bien, cumplidos como han sido los trámites de ley, y verificados los requisitos anteriores, esta Sala 1 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Esta Alzada se declara COMPETENTE para conocer del presente recurso de apelación de conformidad con el artículo 63 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
SEGUNDO: Se declara se declara CON LUGAR el primer recurso de apelación interpuesto por el ABG. CARLOS EDUARDO ZAMBRANO, en su carácter de Apoderado Judicial de la Victima YOLEIDA COROMOTO DAVILA SOSA, asimismo, se declara CON LUGAR el segundo recurso de apelación interpuesto por el ABG. ADOLFO JESUS LACRUZ MARACARA, en su condición de Fiscal Provisorio Trigésimo Primero (31°) del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Aragua.
TERC.....