Este Tribunal, como se pide y dejando a salvo los derechos de terceros, de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil vigente, declara TÍTULO SUPLETORIO, a favor de la ciudadana CARMEN ALICIA CASTILLO REINA, plenamente identificada en autos, de las bienhechurías construidas sobre el lote de terreno propiedad del Municipio San Casimiro, estado Aragua, según autorización Nº 00093/12, suscrita, por la Abg. MIRIAM IRENE RAMÍREZ CORDERO, Sindica Procuradora Municipal