Mediante la cual se declara Con Lugar la solicitud de revisión de medida recaída en la persona del adolescente: IDENTIDAD OMITIDA, identificado en autos, conforme a lo establecido en el artículo constitucional 26, en relación con lo establecido en el artículo 87 de la Ley Orgánica para Protección de Niños, niñas y Adolescentes.