Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda interpuesta por la Ciudadana MARIA MARGARITA BRAVO, titular de la cedula de identidad N° V-18.489.217, por COBRO DE ACCIDENTE DE TRABAJO, contra la entidad de trabajo CORPORACION DE SALUD DEL ESTADO ARAGUA (CORPOSALUD), y en consecuencia SE CONDENA a la accionada, a cancelar a la demandante las sumas determinadas en la motiva del presente fallo. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas por no haber vencimiento total.-
Publíquese, regístrese, déjese copia certificada de la presente decisión.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en Maracay, a .....