Por los razonamientos expuestos y en fuerza de los argumentos expuestos en la parte motiva de esta decisión, este Juzgado Segundo Superior del nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación Constitucional interpuesto por el Ciudadano Abogado LUIS JOSE BOADA SALAZAR, inscrito en el Instituto de Previsión del Abogado bajo el número 11.163 en representación de la Sociedad Mercantil SERVICIOS, VENTA Y ALQUILER DE EQUIPOS PETROLEROS, C.A., (SERVEAPE, C.A), SEGUNDO: Se CONFIRMA la Sentencia de fecha 20 de mayo de 2022, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas. TERCERO: Se ordena notificar al Procurador General de la Republica Bolivariana de Venezuela, de la presente decisión. Libre oficio de notificación, agréguese copia.....