Se declaró DESISTIDA la apelación interpuesta por el abogado JOSÉ LÓPEZ, Inpreabogado N° 85.791, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, la ciudadana LISSETTE ADRIANA TOVAR LOPEZ, ya identificada, en contra del auto dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en fecha 05 de febrero de 2010. SEGUNDO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la abogada RUBRIA YOLL, Inpreabogado N° 58.110, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, la empresa AUTO PLAZA, C.A., en contra del auto de fecha de 05 de febrero de 2010, dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en el juicio incoado en su contra por la ciudadana LISSETTE ADRIANA TOVAR LOPEZ, por Cobro de Prestaciones Sociales.