PARTE DISPOSITIVA
En mérito de la anterior exposición este Juzgado Vigésimo Segundo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara LA CONFESIÓN FICTA DE LA DEMANDADA Y PARCIALMENTE CON LUGAR, la acción de DESALOJO intentada por el ciudadano MAXIMO FABIANO LOCANTORE, en contra de la ciudadana LUISA ELENA GARCIA MATA ambas partes plenamente identificadas.- En consecuencia, se declara extinguido el contrato de arrendamiento celebrado por las partes en fecha 30-03-2000, con vigencia desde el primero (01) de abril de 2000. Se condena a la parte demandada a lo siguiente:
PRIMERO: Entregar a la parte actora el inmueble constituido por un Apartamento distinguido con el N° 705, piso 7, Edificio Oriental, situado en la primera Avenida, entre primera (1°) y segunda (2°) Transversal, de la Urbanización Los Palos Grandes, del Municipio Autónomo Chacao, M.....