DECISIÓN
Cumplidos como han sido los requisitos legales en el presente procedimiento, y por las razones de hecho y de derecho que han sido analizadas, este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se DECLARA LA PERENCION BREVE DE LA INSTANCIA en la presente causa, todo de conformidad con el artículo 267, numeral 1º del Código de Procedimiento Civil, en el juicio de INTIMACION DE HONORARIOS PROFESIONALES, incoado por la Abogada ISA MARINA GARCIA LEON, en contra de los ciudadanos AMINTA MENDEZ DE MIGNOGNA y MIGUELANGEL MIGNOGNA MENDEZ. -
SEGUNDO: No hay CONDENA en las costas del recurso dada la índole del fallo.-
TERCERO: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 251 eiusdem, se ordena notificar a las partes de la presente decisión.
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