DISPOSITIVO
En razón de las consideraciones de hecho, de derecho anteriormente expuestas, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR, la demanda de Desalojo de Local Comercial, incoada por la ciudadana GIUSEPPINA STRAZERI venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-9.655.489 actuando en su propio nombre y en representación del ciudadano MELCHIORRE STRAZZERI de nacionalidad italiana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº E-991.378 debidamente asistida por la Abogada: ALEJANDRA PEREZ inscrita en el inpreabogado bajo el Nro. 259.347, en contra de la Sociedad Mercantil INVERSIONES DI COLOR C.A inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua bajo el numero 44, Tomo 23-A, de fec.....