Por todos lo antes expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MATURÍN, AGUASAY Y SANTA BÁRBARA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara INADMISIBLE la solicitud de TITULO SUPLETORIO, intentado por por la ciudadana DEXIMAR ALVAREZ BOUTTO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº V-22.706.933 y de este domicilio, asistida por la Abogada en Ejercicio YARITZA SALAZAR, venezolana, mayor de edad, inscrita en el IPSA bajo el Nro. 219.392 y de este domicilio;. Así decide.-