PARA DECIDIR ESTE TRIBUNAL OBSERVA:
PRIMERO: En este procedimiento se ha dado cabal cumplimiento con los trámites legales señalados en el artículo 185-A. En fecha 30 de mayo de 2007, se admitió la presente solicitud ordenándose mediante dicho auto la citación de la ciudadana GLADYS MAGGALY VARELA DE SALAS y notificación de la Fiscal del Ministerio Público de Estado Aragua en Materia de Familia. En fecha 14 de junio de 2007 la Ciudadana GLADYS MAGGALY VARELA DE SALAS convino y acepto la solicitud realizada por su cónyuge, ciudadano LISANDRO ANTONIO SALAS APARICIO (folio 07). En fecha 12 de noviembre de 2007 fue notificada la Fiscal del Ministerio Público en materia de Familia según consta al (folio 10).
SEGUNDO: Por cuanto están llenas las exigencias del Artículo 185-A, del Código Civil vigente, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la Repúb.....