Este Juzgado Primero de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry del Estado Aragua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley, DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de desalojo incoada por el ciudadano JOSÉ PASTOR MORA antes identificada, contra la ciudadana FÉLIX E. DURAN identificado en autos. ORDENÁNDOLE a este último que entregue el inmueble a la parte actora libre de personas y cosas, ubicado en la calle Yaracuy, c/c calle negro Primero Nº 10, Brisas del Lago, en marcado dentro de los siguientes linderos: NORTE: con calle Yaracuy, que es su frente, SUR: con la parcela que es o fue de CARMEN ROSEL, ESTE: con la parcela que es o fue de MARÍA ABREU, y OESTE: con la parcela que es o fue de MARÍA ABREU, y que mide Nueve metro (9 Mtrs.) de Frente por Treinta y seis (36 Mts.) de fondo.