PRIMERO: DECLARA LA PRESCRIPCION DE LA PENA impuesta por el Juzgado Quinto de Juicio del Estado Monagas en fecha 23 de Julio de 2004, a los penados JOSE ANTONIO MAESTRE CASTAÑEDA, venezolano, hijo de Jesús Maestre y Rosa Maestre y titular de la cédula de identidad N° 13.248.863 y SORGANGEL DE JESUS VELASQUEZ MONROY, venezolano, hijo de Clemente Velásquez y Elisa Monrroy y titular de la cédula de identidad N° 13.590.309, ello de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 112 Ordinal 1° y Segundo Aparte del Código Penal Venezolano, mediante la cual los condenó a DOS (02) AÑOS DE PRISION, por la comisión del delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el ordinal 6° del artículo 455 del Código Penal vigente para el momento de los hechos ello en base a una Admisión de los Hechos; en consecuencia se le concede la LIBERTAD PLENA a los referidos ciudadanos.-
SEGUNDO: En relación al ciudadano CLEMENTE LUCRECIO VELASQUEZ, titular de la cédula de identidad N° 2.928.846, este Tribun.....