V. DISPOSITIVA.
Con fundamento en las anteriores consideraciones de hecho y derecho este Tribunal Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta por el abogado JOSÉ HORACIO VÁSQUEZ, Inpreabogado N°22.157, en su carácter de coapoderado judicial de los ciudadanos MIGUEL EDUARDO RANGEL, VICTOR MANUEL RIVERO RANGEL y ALEJANDRO RIVERO RANGEL, contra las decisiones dictadas en fecha 15 de mayo de 2017 en el cuaderno de oposición y en el cuaderno principal de la causa, por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Aragua con sede en Cagua.
SEGUNDO: SE REVOCAN las decisiones proferidas en fecha 15 de mayo de 2017 en el cuaderno de oposición [folios 93 al 96 y sus vueltos del respectivo Cuaderno] y en la pieza princip.....