DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Unipersonal Segundo de Juicio de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara NO CULPABLE al ciudadano XXXXXXXXX a quien se le sigue la presente causa por la presunta comisión del delito VIOLACION, previsto y sancionado en el artículo 374 del Código Penal. Se acuerda la LIBERTAD PLENA del ciudadano XXXXXXXXX, todo de conformidad con el artículo 602 literal "e" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Diarícese, publíquese y déjese copia de la misma
LA JUEZ,
ABG. JUDITH SAN MARTIN