La INADMISIBILIDAD DE LA DEMANDA, con respecto a los ciudadanos
TONY RAFAEL PIÑERO, JOSE CARMELO ARRAIZ y JULIO CESAR RONDON FARIAS, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 9.686.541, 9.647.397 y 12.812.390 respectivamente, por no haber subsanado el libelo de la demanda interpuesto contra de las Entidades de Trabajo ASOCIACION COOPERATIVA H & D R. L., SHINOHIDRO S.A. y PDVSA REFIRERIA EL PALITO, en el lapso establecido conforme a lo establecido en el artículo 124 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.