RESOLUCIÓN N° PJ007-2013-000106. Se DECLARA COMPETENTE para conocer de la Acción de Amparo Constitucional Contra la omisión de pronunciamiento interpuesta por la ciudadana YUSMELIS DEL CARMEN BELLO. DECLARA INADMISIBLE LA ACCIÓN DE AMPARO objeto del presente asunto, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 numeral 1° de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales, en los términos señalados en la presente decisión. Y en consecuencia se niega cualquier solicitud hecha por la accionante. NO SE SOMETE A LA CONSULTA DE LEY establecida en el artículo 35 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales la presente resolución, en atención a lo dispuesto en la sentencia Nº 1.307 de fecha 22-06-05, emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 38.220 de fecha 01-07-05.