DECISION
En razón de todas las consideraciones anteriormente expuestas, éste Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO CON LUGAR: La cuestión previa contenida en el ordinal 8 tvo, del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, opuesta por la abogada CARMEN TERESA COLMENARES, inscrito en el Inpreabogado, bajo el No. 86.147. Apoderada judicial de la demandada ALICIA JOSEFINA RODRIGUEZ- En consecuencia Se ordena la continuación del presente juicio hasta encontrarse en estado de sentencia , en cuyo estado se suspenderá la misma hasta que se resuelva la cuestión prejudicial que debe influir en la decisión, a tenor de lo establecido en el artículo 355 Código de Procedimiento Civil..
SEGUNDO: SIN LUGAR cuestión previa opuesta por la parte demandada por prohibición de la Ley de admitir la a.....