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Decisiones del dia 15/05/2017

Formato:  Ficha  Lista

Tribunal Cuarto de Sustanciación, Mediacion y Ejecución del Trabajo
Paginas 1 [Total de sentencias: 3] Página 1 de 1
N° Expediente : NP11-L-2017-000284 N° Sentencia : PJ0052017000053 Fecha: 15/05/2017
Procedimiento:
Cobro De Diferencia De Prestaciones Sociales
Partes:
LUIS HUMBERTO BASTARDO BLOHM & CENTRO HIPICO LA CUADRA, C.A.
Resumen:
Declara: LA INADMISIBILIDAD DE LA DEMANDA, se ordenará el cierre y archivo del expediente una vez que transcurra el lapso legal para ejercer los recursos correspondientes contra la presente decisión. Publíquese y Regístrese. Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal, en Maturín, a los quince (15) días del mes de mayo de 2017
Juez/Ponente:
Nimia Acosta
Organo:
Tribunal Cuarto de Sustanciación, Mediacion y Ejecución del Trabajo
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N° Expediente : NP11-L-2017-000149 N° Sentencia : PJ0052017000054 Fecha: 15/05/2017
Procedimiento:
Cobro De Prestaciones Sociales Y Otros Conceptos
Partes:
ALEXANDER FLORES & SERVICIOS PROFESIONALES DE SEGURIDAD Y PASTOR, C.A
Resumen:
Declarar INADMISIBLE EL LLAMADO DEL TERCERO formulado por el abogado José Armando Sosa en su carácter de apoderado judicial de la entidad de trabajo PASTOR.
Juez/Ponente:
Nimia Acosta
Organo:
Tribunal Cuarto de Sustanciación, Mediacion y Ejecución del Trabajo
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N° Expediente : NP11-L-2016-000191 N° Sentencia : PJ0052017000055 Fecha: 15/05/2017
Procedimiento:
Cobro De Prestaciones Sociales Y Otros Conceptos
Partes:
KLEYBER JOSE SALAZAR ORTIZ & APARTA HOTEL FLAMENCO SUITTE, C.A.
Resumen:
Considerando este Tribunal que los emolumentos justos, proporcionales y equitativos correspondiente al Licenciado Ricardo Mendoza Chauran, deben estimarse en tres horas (3) horas hombre de trabajo para la experticia complementaria, que de conformidad con el artículo 10 del Instrumento Referencial de honorarios mínimos de Federación de Colegios de Contadores Públicos de Venezuela debe multiplicarse cada hora por Bs. 70.000,00, haciendo un total de DOSCIENTO DIEZ MIL BOLIVARES CON CERO CÉNTIMOS (Bs. 210.000,00). Así se decide. Igualmente, la anterior fijación de honorarios profesionales no obsta para que la parte Demandada, quien es la obligada a pagar los honorarios profesionales del experto contable; pueda con la intervención de la Jueza, celebrar convenios sobre los derechos que habrán de pagar al auxiliar de justicia, tal como lo establece el artículo 55 de la Ley de Arancel Judicial.
Juez/Ponente:
Nimia Acosta
Organo:
Tribunal Cuarto de Sustanciación, Mediacion y Ejecución del Trabajo
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