Se dicta Auto de apertura a juicio , de conformidad con lo establecido en el articulo 331 del Código Orgánico Procesal Penal en atención al pronunciamiento en Audiencia Preliminar en presencia de las partes en la cual se Admitió totalmente la acusación en contra de la ciudadana: MARIA BARRETO, se admitieron las pruebas fiscales, se admitió la adhesión de la defensa a las pruebas se acordó mantener la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad a la referida ciudadana, se acordó extender el plazo de presentaciones cada 30 días, se ordeno el pase a juicio de la citada acusada, se emplazaron a las partes, se instruyo a la secretaria de sala para la remisión del presente Asunto.