Por las consideraciones expuestas, y visto el cobro de intimacion de costas, este Juzgado SE DECLARO INCOMPETENTE para conocer de la demanda interpuesta por AMPOLLAS Y FRASCOS C.A. y PROYECTOS PET; incoada contra el ciudadano CARLOS GERMAN YORI SOLER, y se ordenó el desglose del cuaderno separado en el cual cursa el procedimiento de intimación y su inmediata remisión a los Tribunales de Juicio de Primera Instancia de esta Circunscripción Judicial Laboral a los fines legales correspondientes. Todo ello en aplicación del debido proceso y la tutela judicial efectiva que se materializa al conceder a cada asunto puesto a consideración de los operadores de justicia el procedimiento legal que efectivamente corresponda.