En mérito de las motivaciones anteriores expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua con sede en Maracay, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: DESISTIDA la demanda de Obligación de Manutención, formulada por parte de la ciudadana ARIANNA YARIBET CHIQUE COHEN, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-17.199.453, en contra del ciudadano GEOVANNI ELOY ALVAREZ MARCANO, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-17.703.088. En consecuencia, se declara desistido el procedimiento y terminado el proceso, debiendo los interesados, para el caso en que quieran presentar nuevamente su demanda, esperar, el transcurso de un (01) mes, todo de conformidad con el artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y.....