Este Juzgado Superior Quinto Agrario y Civil Bienes de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, con Competencia en lo Contencioso Administrativo de la Región Sur Oriental, administrando justicia y actuando en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARÓ: PRIMERO: COMPETENTE, para conocer de la presente Recusación. SEGUNDO: SIN LUGAR, la recusación propuesta por el ciudadano: HECTOR ANTONIO CARPINTERO, asistido por el abogado FARID RAFAEL AZAN GIL, contra la contra de la abogada SONIA ARASME PALOMO, en su condición de Jueza Provisoria del Juzgado Primero de Primera Instancia en Transito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas. TERCERO: La abogada SONIA ARASME PALOMO, en su condición de Jueza Provisoria del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario del Segundo Circuito de Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, deberá seguir conociendo de la causa.