Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua con sede en la ciudad de Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: IMPROCEDENTE la medida de amparo cautelar solicitada por la C.A., CERVECERÍA REGIONAL, contra el acto administrativo contenido en la Providencia Administrativa N° PA-US-ARA-00008-2012, de fecha 23 de febrero de de 2012, dictado por la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores Aragua (Diresat-Aragua) del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL), mediante la cual se impone a la accionante en nulidad la sanción de multa por el monto de nueve millones noventa mil bolívares con cero céntimos (Bs.9.090.000,00).