Por las razones anteriormente expuesta, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios José Félix Ribas y José Rafael Revenga de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por la autoridad de la Ley, DECLARA con lugar la solicitud de Divorcio 185-A, del Código Civil Venezolano, presentado por los ciudadanos FRANQUIS ALEJANDRO IBARRA MEZA y CRISALIDA GUIPE SANTAMARIA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 6.460.143 y V- 10.360.685, respectivamente. En consecuencia se DECLARA DISUELTO el vinculo conyugal que contrajeron por ante el Registro Civil del Municipio Santos Michelena, Estado Aragua, el día 21 de Mayo del año 1987, según se evidencia en copia fotostática certificada del acta de matrimonio, signada con el nro. 052, del año 1987, expedida por ese mismo Órgano, que corre inserta al folio tres (03) y su vuelto del presente .....