Adolescente, de manera SIMULTANEA.
DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, Este Tribunal Unipersonal Segundo de Primera Instancia en función de Juicio de la Sección Penal de Responsabilidad Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley; declara CULPABLE Y RESPONSABLE PENALMENTE al ciudadano XXXXXXXXXXXX, a quien se le sigue la presente causa por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO previsto en el artículo 458 del Código Penal y la culpabilidad del ciudadano: XXXXXXXX, hecho punible cometido en perjuicio de las ciudadanas FANNY JUDITH MORALES TOVAR Y DEISY COROMOTO MORILLO RIVAS., y lo sanciona a cumplir la sanción de imponiéndose la sanción de LIBERTAD ASISTIDA por DOS (02) AÑOS, e IMPOSICION DE REGLAS DE CONDUCTA, por el lapso de DOS (02) AÑOS y SERVICIOS A LA COMUNIDAD por el lapso de SEIS (06) MESES, todos para ser cumplidas de for.....