IV
DECISIÓN
Con fundamento en lo antes expuesto este Juzgado Superior Octavo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, con Sede en Caracas, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
Con Lugar, la acción de amparo constitucional interpuesta por la abogado la abogada MARIA CORREA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 89.525, actuando en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana FREDIA PATRICIA KHAN, titular de la cédula de identidad N° 20.677.322, contra la "JUNTA DE CONDOMINIO DEL EDFICIO LA FLORENCIA", por la presunta violación de los Derechos Constitucionales, consagrados, en los artículos 87, 91 y 93, de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
En tal virtud, se ordena al agraviante el cumplimiento de la decisión contenida en la Providencia Administrativa N° 0315-2007 de fecha diez (10) de diciembre de dos mil siete (2.007), dictada por la Inspectoría del Trabajo "Pedro Or.....