Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua con sede en la ciudad de Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación ejercida por la parte actora, en contra de la decisión dictada en fecha 23 de marzo de 2010, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en la ciudad de la Victoria. SEGUNDO: SE CONFIRMA la anterior decisión pero bajo la motivación de esta Alzada en los términos antes expuestos y en consecuencia, se declara SIN LUGAR la solicitud de calificación de despido interpuesta por la ciudadana ELIANA HERNANDEZ, titular de la Cedula de Identidad Nro. 25.662.977, contra la Sociedad de Comercio POLICLINICA DEL CENTRO C.A, supra identificada. TERCERO: No se condena en costas del recurso a la parte demandante, .....